
- Carlota Garcia
Periodista - Barcelona
Actualizado el 21/07/2026 14:53 CEST
Una empleada del hogar comenzó a trabajar en una vivienda particular en noviembre de 2020 mediante un contrato verbal. El empleador no la dio de alta en la Seguridad Social ni tramitó sus permisos de trabajo y residencia. Dos años después, en noviembre de 2022, la trabajadora fue despedida de forma repentina.
Al no tener contrato, el trámite era difícil, pero la empleada del hogar decidió llevar su caso a los tribunales. No fue hasta mayo de 2023 que el Juzgado de lo Social número 3 de Girona declaró que el despido había sido improcedente y condenó al empleador a pagarle 2.278,36 euros de indemnización y 4.200 euros más intereses por cantidades pendientes.
Imagen de archivo de un juicio en el Tribunal Superior de Justicia de CatalunyaGetty ImagesSegún indica la sentencia, el 17 de julio de 2023, ambas partes alcanzaron otro acuerdo judicial por el que el empleador reconocía una deuda adicional de 5.500 euros netos, correspondiente a horas extraordinarias trabajadas durante los fines de semana. Pero ese dinero nunca llegó a pagarse.
Entonces, la trabajadora solicitó la ejecución de las resoluciones y se informó al Fondo de Garantía Salarial, conocido como FOGASA para que evaluara el caso. Finalmente, el 9 de abril de 2024, el empleador fue declarado insolvente, es decir, sin bienes suficientes para afrontar las cantidades adeudadas.
La trabajadora, totalmente en desacuerdo con la sentencia, pidió al FOGASA que asumiera el pago, pero el organismo rechazó la solicitud alegando que no había participado en los procesos judiciales iniciales y que tampoco constaban cotizaciones de la trabajadora en la Seguridad Social, por lo que no podían hacer eso.
Exterior del Tribunal SupremoGetty ImagesLa empleada del hogar volvió a recurrir la resolución de la sentencia que otorgaba a FOGASA a no pagarle, y no fue hasta febrero de 2025 que el Juzgado de lo Social número 2 de Girona le dio la razón y condenó al FOGASA a pagarle. Tras una corrección posterior, la cantidad quedó fijada en 10.535,29 euros.
Por la otra parte, el FOGASA recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, defendiendo que, como no había intervenido en el primer juicio, podía discutir posteriormente la existencia de la relación laboral y negarse a pagar.
Lee también
Amenaza de boicot de turistas en plena aprobación de la nueva Ley del Tabaco en España, que tiene también a la hostelería en contra
Redacción Actualidad
Hoy será oficial: España cambia las normas y, a partir de ahora, multará con 200 euros a los padres con menores a su cargo que fumen en todos estos espacios
Víctor MárquezAun así, el tribunal da parcialmente la razón al FOGASA, ya que la ley establece que este organismo solo puede pagar los salarios pendientes correspondientes a un máximo de 120 días. Como Teresa cobraba 53,69 euros al día, el FOGASA deberá abonarle 6.443,83 euros por salarios. A esta cantidad se añaden 2.278,36 euros por la indemnización del despido. En total, la sentencia del 4 de junio de 2026 fija que deberán pagarle 8.722,19 euros a la trabajadora.
Mostrar comentarios {"allowComment":"allowed","articleId":"article-1004208792","url":"https:\/\/www.mundodeportivo.com\/tressesenta\/20260721\/1004208792\/despedida-trabajar-contrato-empleada-hogar-tsj-reconoce-indemnizacion-8-722-euros-jst-dct.html","livefyre-url":"article-1004208792"}