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El Estatuto de los Trabajadores lo establece: el empleado tiene derecho a ausentarse del trabajo sin dejar de cobrar en estas situaciones

El Estatuto de los Trabajadores lo establece: el empleado tiene derecho a ausentarse del trabajo sin dejar de cobrar en estas situaciones
  • Redacción

    Barcelona

Actualizado el 29/08/2026 15:00 CEST

Las condiciones laborales siguen en constante evolución gracias a las políticas del Ministerio de Trabajo que revisan aspectos como horarios, períodos vacacionales, duración de la jornada laboral o pagas extras para garantizar unas mejores condiciones al empleado, aunque no siempre se consigue. Como el Estatuto de los Trabajadores, es el organismo encargado de proteger los derechos de los empleados, ha recordado una cláusula que pocos conocen.

Cada vez son más las facilidades para que los empleados puedan conciliar su vida laboral con la profesional, algunas situaciones consideradas como fuerzas de causa mayor nos impiden estar al 100% en el lugar del trabajo hasta el punto de tener que abandonarlo para resolver la problemática. 

Según el Artículo 37.9 del Estatuto el empleado tiene derecho a ausentarse del trabajo con sueldo en estas ocasiones: "La persona trabajadora tendrá derecho a ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes relacionados con familiares o personas convivientes, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata", relata. 

SEVILLA (ESPAÑA), 01/07/2025.- La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, durante una rueda de prensa celebrada durante la IV Conferencia Internacional para el Desarrollo este martes en el Palacio de Congresos de Sevilla. EFE/J. PalenciaLa vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, durante una rueda de prensa J. Palencia / EFE

Si se produce una emergencia familiar se podrá abandonar el puesto de trabajo sin perder la retribución. Se entiende como emergencia familiar, un accidente o enfermedad grave de un familiar o conviviente, un accidente o familiar doméstico de un familiar o un cercano, urgencias médicas que requieran tu presencia y situaciones en las que por ejemplo un hijo o padre dependiente se queda sin atención. 

OVIEDO (ASTURIAS), 04/07/2025.- Yolanda Díaz se reúne con las sindicalistas conocidas como 'Las 6 de la Suiza'. OVIEDO (ASTURIAS), 04/07/2025.- La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz ( ), visita este viernes Oviedo para reunirse con las sindicalistas conocidas como 'Las 6 de la Suiza', que fueron condenadas a tres años y medio de prisión por coacciones al propietario de una pastelería de la ciudad, y para participar después en la Escuela de Verano Anita Sirgo. En la imagen durante la rueda de prensa posterior a la reunión, acompañada del diputado de IU, Javier González Vegas y del secretario general de IU de Asturias, Ovidio Zapico. EFE/ J.L.CereijidoYolanda Díaz se reúne con las sindicalistas conocidas como 'Las 6 de la Suiza'. J.L.Cereijido / EFELee tambiénMADRID, 17/06/2026.- El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante su intervención en el pleno del Congreso, donde responde a preguntas del PP, PNV y Podemos. EFE/ Javier Lizon

Ya es oficial y confirmado: España se planta y, a partir de ahora, las personas mayores tendrán derecho a reclamar al banco la devolución de los recibos sin pagar un solo euro

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Andrés Millán, abogado: "Ya no se puede tener efectivo en casa. Al meterlo en el banco, comprarte un piso o un coche, te van a obligar a justificar el origen de los fondos. Por eso, conservad siempre todo tipo de justificantes"

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Es necesario que la ausencia quede justificada y que se comunique a la empresa lo antes posible. La regulación no marca un tiempo límite para poder ausentarse, pero debe ser "breve" lo que equivale al tiempo necesario para resolver la situación. Aun así, la norma introduce la posibilidad de que estas ausencias sean por horas o por días completos, si la gravedad lo requiere. 

Para justificar la urgencia ante la empresa deben solicitarse informes médicos o documentos que puedan respaldar la ausencia del puesto laboral. El permiso es retribuido y al ser de causa mayor no necesita autorización previa. 

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