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El Estatuto de los Trabajadores lo establece: si enfermas durante tus vacaciones tienes derecho a recuperar los días

El Estatuto de los Trabajadores lo establece: si enfermas durante tus vacaciones tienes derecho a recuperar los días
El Estatuto de los Trabajadores lo establece: si enfermas durante tus vacaciones tienes derecho a recuperar los días

Actualizado el 13/08/2026 16:01 CEST

No hay nada más fastidioso que enfermar en vacaciones, aunque es una realidad que ocurre habitualmente. Cuando trabajamos nuestro cuerpo permanece en modo alerta con niveles de cortisol, la hormona del estrés, demasiado altos. De esta forma, el sistema inmunitario se mantiene activado artificialmente, y la sobre activación evita enfermedades como resfriados o bajadas de defensas, pero cuando el cuerpo se relaja aparecen los síntomas que ya estaban latentes. 

Por eso, no es casualidad enfermar al empezar las vacaciones. El fenómeno recibe el nombre de 'síndrome de la desconexión', en inglés 'let-down effect'. Ante las nuevas políticas del Ministerio de Trabajo, que revisan aspectos como horarios, duración de la jornada laboral, pagas extras o períodos vacacionales para garantizar unas mejores condiciones al empleado, debe recordarse una cláusula poco conocida. 

MADRID, 04/11/2025.- La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros, este martes en Madrid. EFE/ MariscalLa vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros, este martes en Madrid. Mariscal / EFE

El Estatuto de los Trabajadores establece que si el trabajador no ha podido disfrutar de los días de descanso tras caer enfermo, la empresa no podrá contabilizar esos días como vacaciones. 

Según el artículo 38.3 del Estatuto: "En el supuesto de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias distintas a las derivadas del embarazo, el parto o la lactancia natural, que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural a que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado".

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Para poder adherirse a esta ley, en caso de caer enfermo, el trabajador necesitará solicitar una baja médica que demuestra la incapacidad temporal y el tiempo transcurrido no computará como días de vacaciones. 

Una vez terminada la incapacidad temporal se podrá disfrutar de los días de vacaciones perdidos a causa de la enfermedad. El trabajador tendrá hasta 18 meses desde el final del año en que se originaron las vacaciones para disfrutar de la devolución de estos días. 

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