
- Sandra Artuñedo
Periodista
Actualizado el 31/10/2026 11:05 CET
La vivienda se ha convertido en uno de los principales focos a tener en cuenta de cara a las próximas elecciones del 29 de noviembre. Esta crisis fue, precisamente, el punto de inflexión que provocó la disolución de las Cortes tras el desahucio y la posterior muerte de Maricarmen, la anciana de 87 años que se ha convertido en el símbolo de la causa.
Su situación obligó a redactar in extremis dos decretos en materia de vivienda, que no salieron adelante; tras la negativa de PP, VOX y Junts y la falta de apoyos para sacar adelante los decretos, el líder del Ejecutivo se vio obligado a convocar nuevas elecciones.
Aunque durante su último mes de mandato confirmado el Gobierno redactó un nuevo Real Decreto-ley 29/2026, que entró en vigor en el BOE desde el 8 de octubre, en el que recuperaba gran parte del contenido rechazado por el Congreso.
Los cientos de manifestantes que aún siguen acampados en la madrileña Puerta del Sol amanecen este viernes en su vigésimo primer día consecutivo y en el que han decidido, durante una asamblea para medir fuerzas, seguir con la protesta aunque con una intención clara: llevar el espíritu de la plaza al resto de barrios. JJ Guillén / EFEEntre las medidas, destaca la disposición final sexta del Real Decreto-ley 29/2026, que establece que los propietarios no podrán aplicar incrementos anuales al alquiler cuando la renta que paga el inquilino ya sea superior al límite máximo fijado por el sistema estatal de precios de referencia.
De modo que si una persona vive de alquiler y paga una mensualidad superior al precio máximo establecido por el índice de referencia para esa vivienda, el propietario no podrá subirle el alquiler durante el periodo establecido.
Si paga 1.200 euros al mes y el índice de referencia establece que el precio máximo para esa vivienda es de 1.000 euros. Aunque el propietario quiera actualizar el alquiler un 2% no podrá hacerlo, pero la medida no obliga al propietario a reducir el precio actual al índice de referencia. Esta limitación quedará prevista hasta el 31 de diciembre de 2027 según el decreto aprobado por el mandato del Gobierno actual.
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, participa en un acto de precampaña electoral celebrado este lunes en Gijón. Eloy Alonso / EFELee también
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Àlex RoigCuando el alquiler no supere el precio máximo de referencia, el propietario y el inquilino sí podrán negociar una actualización. En caso de no haber acuerdo tácito, la subida anual no podrá superar el 2%, siempre que el contrato contemple una actualización de la renta. Si se pacta un acuerdo entre ambos, propietario e inquilino si podrán negociar una subida diferente, incluso superior al 2%, aunque deben respetarse las demás limitaciones legales aplicables.
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