
- Sandra Artuñedo
Periodista
Actualizado el 02/11/2026 17:25 CET
La vivienda se ha convertido en uno de los principales focos a tener en cuenta de cara a las próximas elecciones del 29 de noviembre. Esta crisis fue, precisamente, el punto de inflexión que provocó la disolución de las Cortes tras el desahucio y la posterior muerte de Maricarmen, la anciana de 87 años que se ha convertido en el símbolo de la causa.
Su situación obligó a redactar in extremis dos decretos en materia de vivienda, que no salieron adelante; tras la negativa de PP, VOX y Junts y la falta de apoyos para sacar adelante los decretos, el líder del Ejecutivo se vio obligado a convocar nuevas elecciones.
Aunque durante su último mes de mandato confirmado, el Gobierno redactó un nuevo Real Decreto-ley 29/2026 que introduce un nuevo sistema de penalizaciones fiscales para los propietarios que decidan aumentar el precio del alquiler de sus viviendas.
El artículo 6 del decreto modifica la ley del IRPF y reducirá los beneficios fiscales de los arrendadores que incrementen la renta al formalizar un contrato. Cuanto mayor sea la subida del alquiler, menor será la reducción fiscal que podrá aplicar el propietario en su declaración.
Pedro Sánchez, en 'La Revuelta'RTVENo se trata de una multa económica, sino de una disminución de los beneficios fiscales. La penalización dependerá de cuánto se aumente la cuantía del alquiler.
Para aquellos que lo mantengan y no suban la cantidad, se podrá deducir hasta el 50% en la declaración de la renta. Si la subida es hasta el 5%, la reducción bajará al 40%. En caso de que el aumento sea más del 5% pero menos del 10%, el propietario solo optará a una reducción del 30%.
Cuando el aumento del alquiler sea superior al 10% y llegue hasta el 15%, la reducción podrá llegar al 25%. En caso de una subida del alquiler de más del 15% y hasta el 20%, la reducción a la que optarán los propietarios será del 20%, y cuando la subida del alquiler sea superior al 20%, tan solo podrán descontarse un 15%.
Esto significa que, si un propietario aumenta el alquiler más de un 20%, pasará de tributar por el 50% al 85% de su beneficio neto, siempre que le corresponda el régimen general de esta escala.
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Sandra ArtuñedoLa escala se aplicará cuando el propietario formalice un nuevo contrato de alquiler de vivienda habitual y no tenga consideración de gran tenedor. Para calcular el incremento, se compara el precio inicial del nuevo contrato con la última renta del contrato anterior de esa misma vivienda, una vez aplicada, cuando corresponda, la actualización anual prevista en el contrato anterior.
Aunque no es lo mismo la subida del precio al formalizar un nuevo contrato con la actualización anual de la renta durante un contrato vigente. Son situaciones distintas, sujetas a reglas diferentes. La aplicación práctica de esta medida comenzará el próximo 1 de diciembre de 2026 como fecha de referencia para los nuevos contratos sujetos a la escala.
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