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El Real Madrid endurece las medidas contra la reventa de abonos y entradas

El Real Madrid endurece las medidas contra la reventa de abonos y entradas
El Real Madrid endurece las medidas contra la reventa de abonos y entradas

Actualizado el 31/07/2026 19:08 CEST

El Real Madrid va a ser tajante y contundente respecto a la reventa de abonos y de entradas para los encuentros del conjunto blanco en sus respectivas competiciones. El pasado martes 28 de julio la Junta Directiva aprobó un nuevo Reglamento de disciplina social  donde quedan recogidas de manera concreta estas posibles infracciones y consecuencias disciplinarias. No es la primera vez que el club muestra su preocupación ante este tipo de actividades ilícitas.

En concreto en su artículo 10 relativo a las infracciones muy graves. Y entre las mismas está la "la utilización, adquisición, oferta, venta, reventa, cesión, transmisión o comercialización no autorizada del carnet de socio, abonos, entradas, localidades, credenciales, códigos o títulos de acceso cuando la conducta afecte a una pluralidad relevante de títulos o acontecimientos y/o se realice de forma concertada u organizada, y/o a través de medios de amplia difusión, y/o se integre en un circuito de intermediación o comercialización, y/o utilice plataformas, empresas, agencias o estructuras creadas o empleadas para dicha finalidad, y/o comporte manipulación, falsificación u ocultación fraudulenta".

El club considera organizada la actividad "que, atendiendo a sus circunstancias objetivas, revele coordinación, estructura, reiteración o entidad, suficiente para evidenciar su integración en un circuito de utilización o comercialización no autorizado". A la hora de valorar tendrá en cuenta el club la procedencia de distintos socios y su disponibilidad por una misma persona, grupo o intermediario. Así como la coincidencia de dispositivos, medios de pago, cuentas, teléfonos, direcciones electrónicas o canales de comunicación. La utilización de plataformas digitales, redes sociales, agencias, establecimientos o servicios de intermediación así como cualquier otro elemento que revele actuación coordinada. Además el Reglamento deja claro que "será necesario acreditar la existencia de una organización formal, la identificación de todos sus integrantes ni la intervención personal del socio en la entrega final del título."

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Al estar considerada como muy grave, todos aquellos que pudieran ser señalados por el club por este tipo de actuaciones se exponen a la "suspensión temporal de la condición de Socio durante un periodo de dos a tres años" hasta la "pérdida de condición de socio" y la "pérdida definitiva de la condición de Socio; y/o – Prohibición de acceder a las Instalaciones del Club durante un periodo un periodo de dos a tres años."

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