
- Víctor Márquez
Periodista
Actualizado el 08/07/2026 18:46 CEST
Tal y como suele hacer cada mes, la Comisión Europea hacía público este mismo miércoles 8 de julio el paquete de procedimientos de infracción del mes de julio. En este documento, Bruselas suele compartir las decisiones tomadas con el objetivo de "velar por la correcta aplicación del Derecho de la Unión", explican en el artículo.
Cada vez que se da a conocer el paquete de procedimientos mensual son muchos los Estados miembros de la UE que aparecen mencionados. Y, en el del mes de julio, España es uno de los países que tendrán que tomar medidas para cumplir con la normativa Europea. Más teniendo en cuenta que, en uno de estos casos, la Comisión ha decidido llevar a nuestro país ante la Justicia.
La presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, en una imagen de archivoOLIVIER MATTHYS / EFEEn concreto, la Comisión anunciaba esta misma semana que "ha decidido llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no haber adaptado sus normas a la Directiva relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales (Directiva 2005/36/CE), que garantiza que los profesionales plenamente cualificados puedan obtener el reconocimiento de sus cualificaciones en otro país de la UE".
Se indica en el comunicado de prensa que "aunque la Comisión envió a España una carta de emplazamiento y un dictamen motivado, España no ha introducido los cambios necesarios para adaptar sus normas a la Directiva y al TFUE. Por consiguiente, la Comisión lleva a España ante el TJUE". Y es que esta decisión afecta a los trabajadores de un sector concreto.
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Víctor MárquezPara ser exactos, la Comisión hace referencia al reconocimiento de traductores e intérpretes jurados. "Las normas nacionales españolas no se ajustan plenamente a los requisitos de la Directiva y del TFUE, en particular en lo que respecta al reconocimiento de los traductores e intérpretes jurados que están plenamente cualificados en otro Estado miembro y que desean establecerse permanentemente en España o prestar servicios temporales transfronterizos", se especifica.
La presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, en una imagen de archivoOLIVIER MATTHYS / EFEY es que, según explica la Comisión, la Directiva en cuestión contempla dos vías de reconocimiento. "El primero es un proceso de reconocimiento automático, que se aplica a las profesiones en las que se han armonizado normas mínimas de formación en toda la UE, como las de médico, enfermero y arquitecto. Este sistema no es de aplicación a los intérpretes ni a los traductores jurados. El segundo es un sistema general de reconocimiento que abarca otras profesiones reguladas, incluidos los intérpretes y los traductores jurados", se indica en el comunicado de este miércoles.
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