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Los caseros que bajen el precio del alquiler al renovar podrán aplicar una reducción de hasta el 100% en el IRPF

Los caseros que bajen el precio del alquiler al renovar podrán aplicar una reducción de hasta el 100% en el IRPF

Actualizado el 19/10/2026 17:50 CEST

El acceso a la vivienda se ha convertido en uno de los principales problemas en España. El encarecimiento de los alquileres, especialmente en las grandes ciudades, ha complicado la situación de muchas familias y especialmente de jóvenes que buscan independizarse. Una realidad que ha llevado al Gobierno a introducir distintas medidas para intentar frenar las subidas de precios y facilitar el acceso a una vivienda.

Imagen recurso de edificioImagen de recurso de varias viviendasPexels

Y es que una subida del alquiler puede suponer un gasto difícil de asumir para muchos inquilinos, especialmente para quienes ya destinan buena parte de sus ingresos a pagar la vivienda. Una situación que ha llevado a buscar nuevas fórmulas para contener los precios y evitar que sigan aumentando. Entre ellas, ofrecer ventajas económicas a los propietarios que decidan mantener o incluso reducir la cuota mensual que pagan sus inquilinos.

En concreto, el Gobierno de Pedro Sánchez ha aprobado el Real Decreto-ley 29/2026, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 7 de octubre y en vigor desde el día 8. La normativa introduce cambios en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para beneficiar a los propietarios que reduzcan el precio del alquiler al firmar un nuevo contrato. De este modo, el Ejecutivo pretende incentivar las rebajas de las rentas mediante ventajas fiscales.

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Uno de los cambios más importantes es que los propietarios podrán beneficiarse de una reducción de hasta el 100% en el IRPF por los ingresos del alquiler. Para acceder al porcentaje máximo, deberán rebajar el precio más de un 5% respecto al contrato anterior y cumplir una serie de condiciones. Entre ellas, no tener la consideración de gran tenedor y firmar un nuevo contrato con el mismo inquilino una vez finalizado el plazo mínimo de cinco años o las prórrogas previstas por la ley.

Esta reducción del 100% también podrá aplicarse cuando el propietario firme un nuevo contrato con otra persona. Sin embargo, en este caso, además de reducir la renta más de un 5%, el precio deberá situarse por debajo del límite establecido por el sistema de índices de referencia del alquiler.

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Eso sí, no todos los propietarios que bajen el precio podrán acceder automáticamente a la reducción máxima. La normativa también contempla porcentajes del 95%, 90%, 85% y 70%, dependiendo de las condiciones de cada contrato. Para determinar qué reducción corresponde, se tendrán en cuenta aspectos como la ubicación de la vivienda en una zona de mercado residencial tensionado o que el inquilino tenga entre 18 y 35 años.

Por otro lado, los propietarios que decidan mantener el precio del alquiler al firmar un nuevo contrato podrán beneficiarse de una reducción del 50%. En cambio, quienes aumenten la renta tendrán porcentajes inferiores, de entre el 15% y el 40%, según la subida aplicada. De esta manera, el Gobierno busca que las ventajas fiscales sean mayores para quienes reduzcan los precios y menores para quienes los incrementen.

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En cuanto a su aplicación, aunque el decreto ya está en vigor desde el 8 de octubre de 2026, los contratos firmados antes del próximo 1 de diciembre conservarán las reducciones fiscales que les correspondan según la normativa anterior. Esto significa que los nuevos porcentajes se aplicarán, con carácter general, a los contratos celebrados a partir de esa fecha. Además, el decreto todavía deberá ser convalidado por el Parlamento para mantener su vigencia.

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