
- Víctor Márquez
Periodista
Actualizado el 26/07/2026 11:54 CEST
Cuando se nos concede la incapacidad temporal y cogemos la baja en el trabajo, a menudo no sabemos exactamente a qué tenemos derecho y a qué no. Qué podemos y qué no podemos hacer. Y eso nos puede meter en problemas. Sobre eso mismo hablaba el abogado con más seguidores en redes sociales de nuestro país, Andrés Millán, en una reciente publicación para su perfil de LinkedIn.
"¿Te pueden despedir por salir a la calle estando de baja? A un trabajador lo despidieron por sacar a pasear a su perro. Llevaba en la empresa desde 2010, en el centro logístico de Villadangos del Páramo, en León. Limpiaba máquinas, rodillos y suelos en una cámara a 12 grados", ejemplificaba el experto.
Una persona firmando un contratoPexels"Estaba de baja por artritis reumatoide y entre sus limitaciones médicas figuraba la prohibición expresa de exponerse al frío. La empresa le puso un detective dos días de enero de 2025. El informe describe a un hombre paseando a un perro pequeño, recogiendo sus heces, sentado en una lavandería mirando el móvil y conduciendo una moto en trayectos cortos", exponía Millán.
"Con eso lo despidieron por transgresión de la buena fe contractual, o sea por romper la confianza sobre la que se sostiene el contrato. El Juzgado de lo Social número 1 de León le dio la razón a la empresa y lo dejó sin indemnización, pero el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha revocado esa sentencia y ha declarado el despido improcedente, con 39.845,25 euros o readmisión", resolvía el abogado laboralista.
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Víctor Márquez"Que una empresa tenga que llegar al punto de pagar a un detective para seguir por la calle a un empleado enfermo es tan ineficiente como arcaico, y dice bastante del maniático del control que lo firmó. Ojo con una cosa. Poner detectives es legal y el tribunal dio por válidas las imágenes", diferenciaba en la publicación.
Andrés Millán, abogado, en una imagen de archivoLinkedIn"Para que el despido sea procedente, la empresa tiene que acreditar que la baja es simulada o que la actividad retrasa la curación. Pasear un perro pequeño no acredita ninguna de las dos cosas. Si estás de baja, pide que tu médico deje por escrito qué puedes hacer y qué no. Ese informe es lo primero que mira el juez", terminaba recomendando Millán en LinkedIn.
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