
- Víctor Márquez
Periodista
Actualizado el 03/07/2026 21:39 CEST
Vivir en una comunidad de vecinos implica compartir mucho más que un edificio. También supone convivir con personas que pueden tener opiniones, necesidades e intereses muy distintos, por lo que no es extraño que, de vez en cuando, surjan desacuerdos relacionados con derramas, obras, cuotas o el uso de elementos comunes como el ascensor, el garaje o la piscina.
Por este motivo, conviene conocer qué establece la Ley de Propiedad Horizontal. Esta norma regula el funcionamiento de las comunidades de propietarios y fija cuestiones tan importantes como las mayorías necesarias para aprobar acuerdos, el reparto de los gastos o las obligaciones de cada vecino. Saber qué dice la ley ayuda a evitar conflictos y a entender por qué determinadas decisiones pueden ser obligatorias para todos, incluso para quienes hayan votado en contra.
Imagen de recurso de una comunidad de vecinosPexelsSin embargo, no todo lo que ocurre en una comunidad de vecinos está regido por esta misma ley. Es el caso, por ejemplo, de dispositivos de vigilancia. Ahí es donde entra la Agencia Española de Protección de Datos, que publicó una guía específica para que quienes viven en un mismo bloque sepan qué pueden y qué no pueden hacer con este tipo de aparatos.
Y es que el hecho de tener algo aparentemente inofensivo como puede ser un videoportero electrónico o digital, que debería servir única y exclusivamente para que podamos ser capaces de ver quién llama al timbre, guiándonos por la imagen y no solo por la voz, o impedir el acceso a quien queramos sin necesidad de contestar, no nos exime de ciertas obligaciones relacionadas con la protección de datos.
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RedacciónEn efecto, algunos videoporteros tienen una cámara que los vecinos pueden activar sin necesidad de que alguien haya llamado a su timbre. Sin embargo, hacer esto de manera recurrente puede hacernos caer en un mal uso del mismo. Es el caso, por ejemplo, de usar este tipo de dispositivos para monitorizar los movimientos, como las entradas y salidas, de nuestros vecinos. Lo mismo ocurriría si, además, instalamos un videoportero con capacidad de grabación. Ahí es donde entra la ley.
Comunidad de vecinosPixabayEn la guía especializada, la Agencia Española de Protección de Datos deja claro que, en el caso de los videoporteros digitales, "la normativa de protección de datos será aplicable cuando los dispositivos realicen un tratamiento de datos personales vinculado a usos distintos de los que permiten los dispositivos analógicos tradicionales".
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