
- Carlota Garcia
Periodista - Barcelona
Actualizado el 16/10/2026 17:07 CEST
En octubre del 2022, un hombre que trabajaba como peón manufacturero en una empresa de laminados sufrió un accidente laboral que le provocó una fractura-luxación bimaleolar en el tobillo izquierdo, una lesión que terminó siendo mucho más complicada de lo previsto, ya que tuvo que someterse a varias operaciones durante los siguientes años.
Fue intervenido en octubre de 2020, mayo y julio de 2021 y, de nuevo, en junio de 2022. Durante ese proceso aparecieron infecciones en las heridas quirúrgicas, se produjo la rotura de una placa y fue necesario sustituirla. También desarrolló pseudoartrosis y un trastorno adaptativo. Según los médicos, la evolución no fue buena y tuvieron que realizar más procedimientos quirúrgicos de los que se creían necesarios en un inicio.
Imagen de archivo de la toma de posesión del presidente del Tribunal Superior de Justicia de CantabriaParlamento de Cantabria/Flickr/Licencia Creative CommonsA finales de 2022, cuando ya había agotado el periodo ordinario de incapacidad temporal y su prórroga, el INSS evaluó su estado. En aquel momento todavía presentaba inflamación en el tobillo, pérdida de sensibilidad en parte de la pierna, limitación importante de movimiento y una herida que ni siquiera había terminado de cerrar. Y aunque es cierto que podía caminar, tenía dificultades para mantenerse sobre la pierna izquierda.
En esta misma línea, debido a la situación provocada por el accidente, la Seguridad Social le reconoció una incapacidad permanente total derivada de la lesión laboral el 21 de diciembre de 2022. La base reguladora quedó fijada en 3.420,74 euros mensuales y la resolución podía revisarse más adelante por si el paciente mostraba mejoría.
Según indica la sentencia, en 2024 llegó esa revisión. El trabajador seguía teniendo problemas: pérdida de sensibilidad, dificultad para moverse y subir escaleras, cojera leve, limitación de movilidad del tobillo y dificultades para caminar de talones o de puntillas. Además, un informe forense detectó artrosis postraumática moderada, lesiones nerviosas leves e insuficiencia venosa postraumática grave.
Sede del Tribunal Superior de Justicia de MadridAsí que, debido a todos los problemas de salud causados por el accidente, el INSS decidió mantener definitivamente la incapacidad permanente total. Sin embargo, la mutua recurrió porque entendía que el trabajador había mejorado lo suficiente como para dejar de reunir los requisitos para obtener la incapacidad.
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Redacción ActualidadFinalmente, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco no compartió esa conclusión y, tras comparar su estado de 2022 con el de 2024, concluyó que no existía una mejoría real que le permitiera volver al trabajo con normalidad. De hecho, señaló que se apreciaba incluso una ligera agravación en algunas funciones básicas de la pierna izquierda.
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