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Los anuncios inmobiliarios estarán obligados a incluir el índice de referencia junto al precio del alquiler

Los anuncios inmobiliarios estarán obligados a incluir el índice de referencia junto al precio del alquiler
Ya está en vigor: a partir de ahora, el Gobierno obliga a los anuncios inmobiliarios a incluir el índice de referencia según la ley junto al precio al que se alquila la vivienda

Actualizado el 29/10/2026 16:55 CET

La crisis de vivienda ha llegado a su límite en España; desde hace prácticamente un mes, cientos de jóvenes acampan en las principales plazas de las ciudades españolas para exigir mejoras en materia de vivienda. El disparador fue el desahucio y la posterior muerte de Maricarmen, una anciana de 87 años que se ha convertido en el símbolo de la causa, pero hace años que la situación del parque de vivienda español es insostenible.

La negativa de los dos decretos, redactados in extremis, en materia de vivienda por parte de PP, Junts y Vox, llevó al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, a disolver las cortes y convocar elecciones para el próximo 29 de noviembre. Posteriormente, el Ejecutivo redactó un nuevo Real Decreto-ley 29/2026, que entró en vigor en el BOE desde el 8 de octubre, en el que recuperaba gran parte del contenido rechazado por el Congreso.

Entre las medidas, destaca el artículo 20 del Real Decreto-ley 29/2026, que regula la publicidad de las viviendas en alquiler. El objetivo es aumentar la transparencia de los anuncios inmobiliarios y evitar que propietarios e inmobiliarias oculten información relevante sobre los precios y las condiciones de los alquileres. 

Pedro Sánchez, en 'La Revuelta'Pedro Sánchez, en 'La Revuelta'RTVE

De modo que los anuncios deberán ofrecer información verdadera; no se podrán ocultar datos importantes que puedan engañar al futuro inquilino, tampoco se podrán presentar características o condiciones que puedan inducir al error. Y, por último, las inmobiliarias y los propietarios deberán respetar la normativa vigente. 

Dentro de esta reforma, en el apartado 2.a se establece que los anuncios estarán obligados a incluir el índice de referencia del precio del alquiler cuando el inmueble esté situado en una zona de mercado residencial tensionado. 

Los inquilinos podrán consultar el índice de referencia aplicable al inmueble antes de contactar con el propietario. Por ejemplo, si una vivienda se anuncia por 1.200 euros mensuales, el interesado podrá saber la referencia oficial de precios correspondiente a la que se debería ofrecer. 

VALLADOLID, 19/10/2026.- El secretario general del PSOE y presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, participa este lunes en un acto de precampaña electoral en Valladolid. EFE/Nacho GallegoVALLADOLID, 19/10/2026.- El secretario general del PSOE y presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, participa este lunes en un acto de precampaña electoral en Valladolid. EFE/Nacho GallegoNacho Gallego / EFELee tambiénZARAGOZA (ESPAÑA), 06/02/2026.- El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, asiste a un acto de campaña junto a la candidata del PSOE a la Presidencia de Aragón, Pilar Alegría (c), y a la alcaldesa de Ejea de los Caballeros, Teresa Ladredo, celebrado en Zaragoza este viernes. EFE/Javier Cebollada

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Además, cuando una vivienda esté sujeta a límites legales de la renta, el anuncio deberá indicar: el precio máximo legal aplicable, la normativa que establece esa limitación y los parámetros utilizados para determinar el límite. 

Por ejemplo, si un propietario anuncia una vivienda en una zona tensionada por 1.300 euros mensuales y a ese contrato le corresponde legalmente un máximo de 1.050 euros, deberá indicar ese límite en la publicidad. 

Si a ese contrato le corresponde legalmente un máximo de 1.050 euros, deberá indicar ese límite en la publicidad y el precio pactado deberá respetar la normativa aplicable. También será obligatorio incluir el número, código o título identificativo de la unidad arrendada, cuando corresponda. 

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