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Multa de 3.000 € a propietarios que instalen el extractor de humo en un patio interior

Multa de 3.000 € a propietarios que instalen el extractor de humo en un patio interior

Actualizado el 06/07/2026 13:20 CEST

En los edificios de vivienda es normal que puedan aparecer problemas de convivencia entre vecinos. Los pisos están muy cerca unos de otros, muchas ventanas dan directamente a otras viviendas o a patios interiores y cualquier molestia puede afectar al día a día del resto. Sin embargo, aunque lo primero que se nos viene a la mente en estas situaciones es el ruido, no siempre tiene que ver con ello.

Patio interior cocinasImagen de la ventana de una cocina que da a un patio interiorPexels-taraschuik

Y es que también existen situaciones relacionadas con olores, vapores o humos que pueden convertirse en un conflicto dentro de una comunidad de propietarios. Sobre todo en el caso de las cocinas, lo habitual en muchos bloques es que den a patios de luces, donde la ventilación es limitada y cualquier salida mal colocada puede trasladar la molestia a otros pisos.

Precisamente por este motivo, los ayuntamientos pueden sancionar a los propietarios que tengan una campana extractora o una salida de humos orientada hacia un patio interior, una fachada o una ventana próxima si la instalación no cumple la normativa o provoca molestias continuadas al resto de vecinos.

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Y aquí lo importante no está solamente en tener el extractor en el patio interior, sino en cómo se expulsan los humos. El Código Técnico de la Edificación establece que las cocinas deben contar con una extracción mecánica específica para los vapores de cocción, conectada a un conducto independiente de la ventilación general de la vivienda.

Además, las bocas de expulsión deben situarse en la cubierta del edificio y separarse de ventanas, puertas, entradas de ventilación o zonas donde pueda haber personas habitualmente. Por eso, sacar directamente los humos hacia un patio de luces puede generar problemas si la instalación no cumple las condiciones exigidas o si acaba afectando a otras viviendas.

Comunidad de vecinosImagen de los balcones de una comunidad de vecinosPexels

En cuanto a las multas, estas dependen de cada ordenanza municipal, pero la Ley de Bases del Régimen Local fija como referencia sanciones de hasta 750 euros para infracciones leves, 1.500 para graves y 3.000 para muy graves. Además, la comunidad también puede actuar por su cuenta y emprender acciones judiciales si se trata de una actividad molesta, insalubre o peligrosa, apoyándose en el artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal.

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